Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 97437
  • Autor : tuamigoabogado
  • Consultas en Foro: 0
  • Respuestas en Foro: 1627
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5556
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 204178

  • tuamigoabogado
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Muy estimado jefjuri

     

    Con suspensión y sin ella te van a lanzar, todos sabemos que ese tipo de amparos son por lo general chicaneros para ganar tiempo, por algo existe el juicio ordinario civil planteado, y que el monto de la suspensión señalada es para garantizar los meses que dura el juicio de garantías, y en caso de perder el juicio no se siga dañando al tercero perjudicado

    Si tú ofreces dar la garantía, el tercero también puede continuar con la ejecución garantizando tus daños como quejoso

    Si arrendaste el inmueble y tu contrato vence en marzo, lo único que puedes hacer es pedir 60 días de gracia al casero, a titulo gratuito argumentando que  le sale mas barato, que tu te salgas la primera semana de marzo a que te lance gastando dinero

     

    En tu caso solo que realmente tengas la razón, tu contrato sea de fecha cierta y no simulado ganaras el amparo y no tendrás que otorgar ningun dinero