Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 97430
  • Autor : Marianamor
  • Consultas en Foro: 1
  • Respuestas en Foro: 15
  • Vox Populi: Política: Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5568
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 204175

  • Marianamor
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Preséntalas como cualquier otra demanda, fijándote en las particularidades de cada caso, ya que no tiene requisitos especiales, relata los hechos y trata de recabar pruebas tanto de la relación laboral como de los actos reclamados.

     

    Una relación laboral se considera así con solo comprobar que existió la relación de trabajo subordinado remunerado, no se necesita de un contrato escrito forzosamente.

     

    En cuanto a la costurera por destajo se trata de una prestación de servicios independientes, por lo que no puede hacer una demanda laboral sino en todo caso por impago.