- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 97430
- Autor : Marianamor
- Consultas en Foro: 1
- Respuestas en Foro: 15
- Vox Populi:
Política:
Derecho: 0
Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 5568
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 204175
-
Fecha de respuesta: Lunes 10 de Enero de 2011 23:28 2011-01-10 23:28 desde IP: 189.149.3.68
Preséntalas como cualquier otra demanda, fijándote en las particularidades de cada caso, ya que no tiene requisitos especiales, relata los hechos y trata de recabar pruebas tanto de la relación laboral como de los actos reclamados.
Una relación laboral se considera así con solo comprobar que existió la relación de trabajo subordinado remunerado, no se necesita de un contrato escrito forzosamente.
En cuanto a la costurera por destajo se trata de una prestación de servicios independientes, por lo que no puede hacer una demanda laboral sino en todo caso por impago.
-
Autor





