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Fecha de respuesta: Martes 11 de Enero de 2011 17:42 2011-01-11 17:42 desde IP: 189.163.38.200
Como cada Estado es diferente, en el Estado de Guanajuato, lo que se hace es que la medida provisional se resuelve en la audiencia, pero ésta es siempre antes a que se emplace a juicio al demandado, precisamente por el carácter de urgente y el hecho de que el demandado no oculte a los menores. Sin embargo si el Juez omitió resolver respecto de la medida provisional, lo correcto sería que promovieras a efecto de regularizar el procedimietno y la omisión en que constituyo el juez sobre la custodia, a efecto de que la conceda o la niegue y en base a eso tener las armas para apelar el auto, o revocar según sea el caso.
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