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AutorRespuesta No: 203823
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Fecha de respuesta: Sábado 08 de Enero de 2011 19:53 2011-01-08 19:53 desde IP: 189.208.200.29
En respuesta asu consulta, le informo.
Elpadre biológico, si pretende que le sean reconocidos los derechos a la convivencia y el ejercicio de lapatria potestad de su hijo, deberá demandar a la madre del niño por el reconocimniento de la paternidad, ofreciendo y desahogando durante el juicio, la prueba pericial en Genética, en materia de consanguinidad y huella genética; una vez acreditado a través de ese medio probatorio, que el actor es el padre biológico, le será reconocida su paternidad y se ordenará al Oficial y Director del Registro Civil, se hagan las anotacionesrespectivas en el acta de nacimiento del menor.
Sin embargo, simultáneamente con el reconocimiento de la paternidad, el juez no solamente le concederá al padre biológico los derechos ya mencionados, sino que también le impondrá las obligaciones alimenticias, estableciendo la pensión que deberá otorgar a su hijo reconocido.
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