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Fecha de respuesta: Viernes 07 de Enero de 2011 14:21 2011-01-07 14:21 desde IP: 187.144.40.174
saludos rosaisela... tiene razón valencia...
si te vas a casar... es correcto lo que menciona martina... al hacer las capitulaciones matrimoniales de tu matrimonio por sociedad conyugal... has una lista de todos los bienes adquiridos en el concubinato... de todos y que las capitulaciones ...ante notario... digan que esos bienes... entran a formar parte de la sociedad conyugal y que de ser disuelta esta... se partiran al 50% a tu favor y el otro 50% a favor de los hijos en garantpia del pago de los alimentos.... estas capitulaciones las puedes inscribir enel registro público de la propiedad... tu notario sabe que hacer...felicidades y no dudes...y no temas....
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