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AutorRespuesta No: 203514
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Fecha de respuesta: Viernes 07 de Enero de 2011 12:21 2011-01-07 12:21 desde IP: 187.139.138.131
Como concubina no te toca nada, a menos de que haga el tramite de concubinato (que es casi lo mismo que casarse... pero bueno) donde debes demostrar el tiempo que llevan juntos, y los bienes que se han adquirido desde la union.
Ahora si te casas, que sea por bienes mancomunados, previamente estableciendo lo anterior, para que no haya sorpresas desagradables.
Saludos.
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