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  • Consulta : 96884
  • Autor : F430LEGAL
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  • Autor
    Respuesta No: 203356

  • F430LEGAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Consultante:

    Si la demanda de divorcio la presenta un solo cónyuge, se pude y se debe solicitar medidas provisionales.

    Cuando se le notifica al otro cónyuge de la demanda y del convenio exhibido por la actora, debera dar contestación  manifestando su conformidad con el convenio exhibido o bien presentara su contrapropuesta de convenio.

    El juez entonces, señalara día y hora para la celebración de una audiencia, en la cual se tratara de unificar o  conciliar  los puntos de la contrapropuesta y contrapropuesta de los convenios exhibidos por ambos cónyuges.

    En caso de no llegar a un acuerdo sobre el multicitado convenio, el juez decretara el divorcio mediante sentencia, y dejara a salvo los derechos de ambos cónyuges, para que resuelvan sus diferencias sobre los puntos en lo que no se pusieron de acuerdo en la propuesta y contrapropuesta de convenio. Esas diferencias se resolverán dentro del mismo expediente, a través de incidente correspondiente.

    Ahora que si el divorcio lo promueven ambos cónyuges, deberán exhibir su convenio, una vez presentada la demanda y el convenio respectivo; el juez los citara para que acudan al juzgado para ratificar su demanda de divorcio  y el convenio que exhibieron, para que sea elevado a categoría de cosa juzgada por ser conforme a derecho.