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  • Consulta : 96883
  • Autor : F430LEGAL
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  • Autor
    Respuesta No: 203350

  • F430LEGAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Consultante:

    Si el deudor reconoce la deuda, que le firme un pagaré por la cantidad debida , mas el pago de intereses, de esta manera no habrá que acreditar la relación causal.

    Quizá podría intentar un Medio Preparatorio, en el cual el deudor sea interpelaado judicialmente a efecto que declare la razón del adeudo, aclarando circunstancias de modo, tiempo  y lugar, para lograr una conefesión judicial del adeudo, y entonces preperar el juicio ejecutivo y así solicitar se deespache auto de embargo en su contra.

    Ahora, es importante saber el modo de como el sujeto obtiene los boletos de avión a mas bajo costo de lo normal, ya que podría darse el caso de que usted y el deudor, se hayan colocado en un plano de ilictud; si los boletos se obtienen de forma indebida.

    De cualquier forma, acuda a un Despacho de Abogados especialistas en cobranza judicial y extrajudicial, ellos le indicaran que se puede hacer. Aunque indisto si el deudor reconoce la deuda, lleve usted un pagaré, para que sea llenado; ya que en muchas ocasiones las personas no conocen el alcence legal y las consecuencias que conlleva el suscribir dicho título de crédito.