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  • Consulta : 96635
  • Autor : MINERVA JURIS
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  • Autor
    Respuesta No: 203040

  • MINERVA JURIS
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    la prueba idonea pueden ser varias:

    a) Un dictamen que te elabore la oficina de catastro municipal, tu presentas tu solicitud, con copias de las escrituras ( ellos tienen los registros de cuando las calles cambian de nombre), te pones de acuerdo con el C. Director, como lo quieres, en el sentido de que dicha escritura corresponde al inmueble actualmente con el numero tal, anteriormente con el numero tal, y que tal calle antes se llemaba asi y ahora asa, y si el cambio de nombre fue autorizado por cabildo (copia del acta de tal fecha) etc.

    Tambien lo puedes respaldar con un dictamen  de la oficina de Ordenamiento Urbano ( Planeacion)

    Tambien con la oficina que tenga el control de la nomenclatura.

     

    Si te sirvio mi respuesta hazmelo saber con tu calificacion. Gracias