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Fecha de respuesta: Martes 04 de Enero de 2011 15:19 2011-01-04 15:19 desde IP: 201.114.159.208
Hola: Regresando de Vacaciones, en torno a la consulta, creo que no se debe perder de vista algo fundamental, acerca de los componentes del tipo Penal o Hecho Penal Delictivo como ya se le llama en algunos lugares derivados de la Reforma Judicial. Y justamente uno de los elementos sigue siendo la Conducta, misma que se contiene en el Movimiento corporal para provocar un resultado Material, ahora bien si este elemento es Fundamental, resulta obvio que la acreditacion debe ser idonea, y con lo que comenta, el dueño de la empresa, no tiene la certeza de que en efecto su esposa participara con su conducta en los hechos, pues basta que su esposa niegue tal señalamiento para desvirtuar ese señalamiento y maxime cuando ella podra manifestar que en efecto estaba de vacaciones...y aqui viene lo mas acertado.....esas llaves al no estar su esposa, debian tener un garante, es decir a quien compete, la guarda y proteccion del lugar mas proximo, como son el el mismo propietario y a las personas a quienes entrego el juego de llaves.... por ahi es la defensa... de hecho no demuestre temor su esposa eso, le ayudara a tener por acreditada su inocencia,
LIC. ESTRADA.... email: despachoestrada arroba hottmail
cel. 55 43442775
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