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Fecha de respuesta: Lunes 03 de Enero de 2011 10:40 2011-01-03 10:40 desde IP: 189.251.103.23
Bueno, si puedes demandarlo por la cantidad que no te ha querdi pagar, ya que la deuda existe. Sin embargo es recomendable que anterior a iniciar la demanda promuevas unas diligencias de reconocimiento de adeudo, preparatorias del juicio principal, donde se le citará al deudor para que en una diligencia de prueba confesional, se le preguntará al deudor si efectivamente es deudor y si dice que si, pues entonces con esa diligencia puedes iniciar el Juicio Civil correspondiente, o mercantil sea su caso. En caso que no reconozca la deuda, entonces puedes buscrarlo y tratar de que te firme un pagaré como de buena fe, o simplemente iniciar la demanda y con todos los medios de prueba tratar de probar el préstamo y el no pago. Asesórate con un abogado.
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