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  • Consulta : 96393
  • Autor : teban
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  • Autor
    Respuesta No: 202609

  • teban
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    saludos, primero si vive su señor padre por ley le toca el 50 % de los bienes de su señora madre por el regimen en que se casaron , y el resto es de usted, pero antes de esto,como menciona la persona que me antecede debe de denunciar la susecion intestamentaria, aqui hay dos caminos, si su señor padre no tiene inconbeniente con ello , lo pueden  hacer ante un notario publico, es mas rapido y un poco menos costoso , de lo contrario si tienen controvercia, lo tendria que hacer ante el juzgado de lo familiar, y contratar un abogado. aparte de los gastos necesarios por la sucesion que si es algo , tendria que pagar honorarios de abogado y de todos modos al final , en la ultima etapa, de juicio tendia que ir con un notario para para poner el bien a nombre de los dos. suerte.