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  • Consulta : 96373
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 253928

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Prescribe a los diez años, si no reclamó la indemnización en diez años pierde el derecho para hacerlo, claro está que la prescripción se debe hacer valer en juicio como excepción, y si la CFE no tiene documentos con los cuales acredite el tiempo en que colocó la torre o que pagó al propietario, puede reclamar el pago en cualquier momento.