- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 96363
- Autor : dorae
- Consultas en Foro: 7
- Respuestas en Foro: 1181
- Vox Populi:
Política:
Derecho:
Anecdotario:
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 5563
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 202534
-
Fecha de respuesta: Domingo 02 de Enero de 2011 20:42 2011-01-02 20:42 desde IP: 201.173.182.18
Me uno al comentario que me precede, lo que le dice F430LEGAL, es cierto, no existe la posibilidad de embargo a su padre, la deuda no la contrajo ni la avalo el. Cuando reciban llamadas, simplemente concretence a decir que el deudor no vive ni habita en ese domicilio, y si lo consideran pertinente incluso, pueden negar que lo conocen, por un buen tiempo este tipo de "despachos de cobranza" insistira, depende de ustedes mantenerse en su dicho, y aunque no dice el importe de la deuda, dudo que procedan a demandar.
-
Autor





