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  • Consulta : 96363
  • Autor : dorae
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  • Autor
    Respuesta No: 202534

  • dorae
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Me uno al comentario que me precede, lo que le dice F430LEGAL, es cierto, no existe la posibilidad de embargo a su padre, la deuda no la contrajo ni la avalo el. Cuando reciban llamadas, simplemente concretence a decir que el deudor no vive ni habita en ese domicilio, y si lo consideran pertinente incluso, pueden negar que lo conocen, por un buen tiempo este tipo de "despachos de cobranza" insistira, depende de ustedes mantenerse en su dicho, y aunque no dice el importe de la deuda, dudo que procedan a demandar.