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  • Consulta : 96317
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 202405

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Bueno, ya hablando de estricto sentido, todo exhorto dirigido a un Juzgado del Estado de México, debe señalar el término en que se debe diligenciar, mismo que no puede superar los veinte días habiles, si en su exhorto el Juez del D.F., no señala los días en que se debe diligenciar, de entrada el Juez del Estado de México lo devuelve sin diligenciar por no estar señalado el término para su notificación. Ojo, jamás pasarán nueve meses, se lo devuelven de inmediato y en el Estado de México si ofreces "mordida" vas a pasar la noche en Barrientos, sólo debe acompañar al notificador pero no sobornarlo.