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AutorRespuesta No: 400597
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Fecha de respuesta: Domingo 06 de Diciembre de 2020 19:30 2020-12-06 19:30 desde IP: 189.203.88.118
Usted debe llevarlo en persona y además tomar todas las medidas para diligenciarlo. Difícilmente el Juzgado exhortado hará algo para realizar la diligencia, es Usted quien tiene que encargar la notificación y llevar al notificador, si está esperando a que se lo hagan puede intentarlo varias veces y el resultado será el mismo, devuelto sin diligenciar.
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