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  • Consulta : 287896
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 400597

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Usted debe llevarlo en persona y además tomar todas las medidas para diligenciarlo. Difícilmente el Juzgado exhortado hará algo para realizar la diligencia, es Usted quien tiene que encargar la notificación y llevar al notificador, si está esperando a que se lo hagan puede intentarlo varias veces y el resultado será el mismo, devuelto sin diligenciar.