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  • Consulta : 287594
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 400509

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Sólo el dueño legítimo del inmueble, es decir quién aparece como su titular en el Registro Público de la Propiedad, y en caso de su fallecimiento, es el heredero quién puede ejercer acciones legales para obtener la posesión del mismo. Por lo que debe denunicar el intestado y una vez que se reconozcan heredero y se nombre albacea, éste es quién debe iniciar las acciones para defender la masa hereditaria.