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  • Consulta : 285555
  • Autor : eveliosalazar
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  • Autor
    Respuesta No: 399363

  • eveliosalazar
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Muy buen día. Si la persona recibía pensión del ISSSTE, para gastos funerarios no requiere de algún beneficiario designado, con solo presentar el certificado de defunción y la constancia de gastos del sepelio. Al hacer esto ser recibe el importe de 4 meses de pensión. Ahora bien, en cuanto a la pensión por muerte, te recomiendo leas la Ley del ISSSTE de los artículos 129 al 138. Saludos