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Fecha de respuesta: Miércoles 06 de Febrero de 2019 03:34 2019-02-06 03:34 desde IP: 189.180.189.241
el principio general es... a la muerte del ....i m p u t a d o.... desaparece la comisión del delito... no se puede declarar que por sus actos... se pene o dicte una sentencia... no hay nada que hacer ahí... seguro... piensan que debe haber una reparación de daño... y que quienes están obligados a esta... son los parientes o descendientes... pero no es así.... el mp o fiscalia... como mejor corresponda ...esta impedido de continuar con la secuela procesal a la muerte del probable responsable...
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