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  • Consulta : 285540
  • Autor : garovalo
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    Respuesta No: 399379

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    el principio general es... a la muerte del ....i m p u t a d o.... desaparece la comisión del delito... no se puede declarar que por sus actos... se pene o dicte una sentencia... no hay nada que hacer ahí... seguro... piensan que debe haber una reparación de daño... y que quienes están obligados a esta... son los parientes o descendientes... pero no es así.... el mp o fiscalia... como mejor corresponda ...esta impedido de continuar con la secuela procesal a la muerte del probable responsable...