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  • Consulta : 285362
  • Autor : AdvocatusRectus
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    Respuesta No: 399222

  • AdvocatusRectus
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Si, puede hacer su testamento o también puede poner como beneficiario a X persona que desee, misma que se encargara de hacer los tramites correspondientes para la liberación del crédito hipotecario, en virtud que dichos créditos cuentan con un seguro para esos imprevistos, por lo que posteriormente a la muerte del acreditado el beneficiario debe iniciar los tramites administrativos correspondientes.