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  • Consulta : 285337
  • Autor : AdvocatusRectus
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  • Autor
    Respuesta No: 399184

  • AdvocatusRectus
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Resulta que yo doy pensión pero pronto me iré de incapacidad por maternidad ,tengo la duda de ahí como se hace el descuento de la pensión siendo que cobraré ese tiempo el 100%. El descuento se lo harán de la misma manera, sobre el sueldo que gane Usted, dice que por ley le descuentan el 30%, así sera siempre o hasta que Usted promueva una la cesación o reducción de la pensión alimenticia según sea el caso que esto lo haya originado. El hecho de que Usted tenga alguna incapacidad por maternidad no cambia en nada su obligación de proporcionar el 30 de alimentos a los que fue condenada.