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Fecha de respuesta: Martes 04 de Septiembre de 2018 23:51 2018-09-04 23:51 desde IP: 177.240.164.192
como señalas ya tienes sentencia ejecutoriada, no puedes ya ceder, lo que tienes que hacer es llevar a cabo la protocolizacion de las constancias ante el notario designado, y en el mismo acto puedes llevar a cabo la compraventa
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