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  • Consulta : 284535
  • Autor : olaguez
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  • Autor
    Respuesta No: 398419

  • olaguez
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Catastro, es la oficina que se encarga de cobrarte el impuesto predial y para que puedas cambiar el nombre del propietario tienes que ocurrir ante un notario para llevar a cabo una escritura de compraventa, donación, adjudicación por herencia, adjudican por remate, etc, ellos se encargan de llevar a cabo todos los tramites correspondientes, lo único que tienes que pagar es el costo de la escritura y si se genera el Impuesto sobre la renta. y en cuanto al contrato, búscate un libro de contratos ya que creo que en la facultad no te los enseñaron