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  • Consulta : 284014
  • Autor : AdvocatusRectus
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  • AdvocatusRectus
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Sus obligaciones es proporcionar alimentos en base a las necesidades de sus acreedores alimentarios (hijos y esposa en su caso) y en base a la posibilidad de quien debe darlos (en este caso Usted), como bien menciona que su esposa tiene un trabajo esta obligación es en partes iguales de ambos padres, el descuento que le harán es provisional al momento de la demanda, por lo que este puede disminuir en de acuerdo a las pruebas que aporte para su defensa mismo que sera definitivo al dictarse sentencia.

    Ahora bien sus derechos son visitar a sus hijos los días y horas que previo acuerdo con su esposa hayan realizado o bien le haya concedido el Juez en sentencia. De lo anteriormente indicado es necesario que contrate un Abogado para que a su vez le asista en el procedimiento. Saludos.