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Fecha de respuesta: Martes 01 de Mayo de 2018 14:52 2018-05-01 14:52 desde IP: 189.172.94.141
En materia agraria es muy diferente a la materia civil. En primer lugar habrá que definir que tipo de tierra se trata, es decir, si es uso común, parcela o lote de asentamiento humano, las ultimas dos pueden estar sujetas a régimen ejidal o ya haberse desincorporado para convertirse en propiedad privada. por la forma que formulas la pregunta, me queda claro que continúan sujetas al régimen ejidal. En este caso la Ley Agraria señala que si hubiera dos o mas personas con el mismo derecho a heredar, tendrán un plazo de 3 meses para ponerse de acuerdo quien de entre ellas sucederá esos derechos, es decir, solo se adjudican los derechos a una sola persona. en caso de que no se pusieren de acuerdo, el Tribunal subastara los derechos y repartirá el producto en partes iguales. Por lo regular la subasta no conviene porque si no hay postores o solo hay uno de entrada ya el valor del inmueble se reduce al 75%. Por ello procuran ponerse de acuerdo para decidir quien de entre los hermanos se queda con los derechos, y los demás repudian la herencia, el problema es que algunas personas no cumplen con el acuerdo y no reparten a los herederos que repudian. Espero te ayude la respuesta
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