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  • Consulta : 283202
  • Autor : Magister Curiae
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  • Autor
    Respuesta No: 396243

  • Magister Curiae
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    jasin1005:

    Ya caí en la cuenta de que el error en relación con la firma pudo ser debido a que usted escribió (respuesta 396211) que:

    “PASO CON LA FIRMA QUE NEGUE COMO MIA ANTE LA JUNTA Y SOLICITE SE HICIERA LO QUE CORRESPONDIA A DERECHO EN CONTRA DE TAL DOCUMENTO Y DE QUIEN RESULTARA RESPONSABLE SE CASTIGARA DE ACUERDO A LA LEY. Y LA JUNTA NO DICTA NADA SOBRE ESTO ES MAS NI LO MENCIONA” (SIC)

    Y si tal aseveración fue literalmente formulada como se contiene en este foro, entonces ese es el motivo de que la Junta ni caso le hiciera, cuenta habida que lo correcto hubiera sido 1°.- negar la autoría de la firma aduciendo que es falsa, 2°.- manifestar los motivos por los cuales la firma es falsa, 3°.- ofrecer la prueba pericial en materia de grafoscopía y documentoscopía, 4°.- designar perito para la prueba experticial antes mencionada y 5°.- formular el pliego de las preguntas que debe contestar el perito.

    Si usted omitió hacer las cosas como es debido, entonces esa es la explicación por la cual su objeción de falsedad de la firma nunca fue tomada en cuenta.

    Por lo demás, desde antes me he percatado que usted pone un desmesurado interés en el asunto de la consulta, interés que considero malsano porque el asunto ya está perdido y usted adoptó el papel del necio que a toda costa quiere que se le de la razón, cuando el asunto carece de interés para los foristas porque ya es un asunto perdido.