Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 283202
  • Autor : Magister Curiae
  • Consultas en Foro: 11
  • Respuestas en Foro: 1120
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 7305
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 396066

  • Magister Curiae
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Polo (cordiales saludos):

    La I.P. (International Protocol) es una clave digital que identifica el lugar de conexión a Internet de una P.C., esta clave es única para cada Modem al que se pueden conectar varias PCs, y en el caso de cada uno de los foristas, esta IP aparece en el renglón que sigue al del título de la consulta , y en el caso concreto, la del consultante es la IP: 177.243.5.36 de la que, al hacer click sobre tales numeritos, por cortesía del WebMaster aparece una página que informa el lugar donde se ubica la PC que la usa, que en la especie es Morelia, Mich.

    Adicionalmente comento que dentro de mi experiencia como abogado, en una ocasión tuve un asunto civil en el cual mi contraparte interpuso 07 (siete) amparos directos que concedían el amparo dejando libertad jurisdiccional a la demandada, siendo que al sétimo mencionó que de conformidad con la Ley Federal de Protección al Consumidor, una vez pagada más de la mitad del precio, el vendedor carece del derecho de rescindir la compraventa y sólo puede demandar el pago faltante, por lo que la sala del tribunal cambió la condena de la demandada y condenó a mi cliente el vendedor, por lo que, a mi vez, interpuse el amparo haciendo valer que el vendedor era un particular carente de la calidad de comerciante por lo que le era inaplicable la Ley de Consumidor, y entonces sí, ya el Tribunal colegiado se pronunció ordenando en qué sentido (favorecedor para mi cliente) es que la sala responsable debía dictar la nueva sentencia.

    Cada uno de los juicios de amparo tardó más de un año en resolverse, y todavía hubo un amparo 9° de mi contraparte que le fue negado, así que no me extraña que un juicio laboral, que suelen ser de mayor duración que los civiles, haya durado 14 (catorce) años.