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  • Consulta : 283042
  • Autor : garovalo
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  • Autor
    Respuesta No: 395427

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    seas pensionado o no... eso nada tiene que ver...ni tampoco que seas de la tercera edad... del momento en que ocurrio el asunto... tuvieron un año para hacer su reclamación en un juzgado... ya les prescribio el derecho de reclamar... si alguien les dice que pueden hacer cualquier cosa... los esta engañando... ya nada pueden hacer... NADA... que no les salgan con un reconocimiento de adeudo en via de preliminar... porque lo hacen y este dice que no les debe nada y van a llorar...