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  • Consulta : 283012
  • Autor : Albertin Leos
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  • Autor
    Respuesta No: 395412

  • Albertin Leos
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Maestro Polo, la única persona autorizada para reclamar sería la viuda, toda vez, que goza o gozó de la pensión por viudez y acreditó su derecho con la Resolución de Pensión que emite el IMSS, formato que se emite una sola vez y mucho me temo que a la madre del de cujus jamás le darán ese documento a su nombre (con el que acreditaría su derecho a reclamar los dineros). Como bien se ha comentado, la única alternativa sería convencer a la viuda a que cediera un poco y realizara la solicitud, por desgracia no tiene el mínimo interés como dice el consultante. Saludos cordiales