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AutorRespuesta No: 395412
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Fecha de respuesta: Martes 15 de Agosto de 2017 00:54 2017-08-15 00:54 desde IP: 189.248.0.243
Maestro Polo, la única persona autorizada para reclamar sería la viuda, toda vez, que goza o gozó de la pensión por viudez y acreditó su derecho con la Resolución de Pensión que emite el IMSS, formato que se emite una sola vez y mucho me temo que a la madre del de cujus jamás le darán ese documento a su nombre (con el que acreditaría su derecho a reclamar los dineros). Como bien se ha comentado, la única alternativa sería convencer a la viuda a que cediera un poco y realizara la solicitud, por desgracia no tiene el mínimo interés como dice el consultante. Saludos cordiales
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