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Fecha de respuesta: Martes 15 de Agosto de 2017 19:38 2017-08-15 19:38 desde IP: 189.180.204.42
claro que no... si se llevo a cabo el juicio sucesorio intestamentario ... y ya hay adjudicación... debe hacer la escritura... el predical... es el equivalente al impuesto de traslado de dominio... el que se paga junto con el impuesto sobre la renta... todo eso se gestiona ante el notario...
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