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  • Consulta : 282796
  • Autor : Magister Curiae
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  • Autor
    Respuesta No: 394815

  • Magister Curiae
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    ADDENDUM:

    falvarez72:

    Revise el delito de Cobranza ilegítima en el artículo 209 Bis del Código Penal del Distrito Federal, y entérese que este delito existe desde la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 22 (veintidós) de agosto del año 2014 (dos mil catorce).