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  • Consulta : 282794
  • Autor : garovalo
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    Respuesta No: 395371

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    el audio... no demuestra la existencia de la relación de trabajo... y si deshecharon la prueba... significa que ya paso el periodo probatorio... por tanto... ya nada hay que hacer... NADA... no puedes volver atras y replantear la prueba... y un audio... no da valoración minima de un hecho... ya que tendria que ser reconocida la voz por quien se señala fue quien la emitio... no fotos... ni audios... ni videos... son medios de prueba demostrativos de la existencia de una supuesta relación de trabajo... pero te queda la prueba confesional...a cargo de la parte demandada... tu abogado especialiste en derecho laboral... sabe que hacer... y como relacionar los actos para demostrar la existencia de dicha relación...