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  • Consulta : 282551
  • Autor : Magister Curiae
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  • Autor
    Respuesta No: 394249

  • Magister Curiae
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    raymundosalas22:

    Haga caso omiso de la respuesta del forista Barristerdefende (Lic. Ivan Hernandez Castañeda) quien es evidente que solamente desea cobrarle honorarios, pues basta que usted acuda a la cita del agente del Ministerio Público, y acreditando que usted es el albacea, haga valer que le aprovecha la excluyente de responsabilidad penal consistente en "el estado de necesidad", ya que los documentos motivo de la denuncia siempre deben estar en poder del albacea y nunca en poder del delincuente que cometió fraudes.

    En esa misma comparecencia ante el agente del Ministerio Público, formule querella por los delitos de fraude (artículo 230 Código Penal DF) y de falsa denuncia (artículo 312 Código Penal DF) presuntivamente cometidos por su hermano denunciante original.

    Adicionalmente a lo antes aconsejado, solicite usted que el agente del Ministerio Público requiera del juzgado del conocimiento de la sucesión, copia certificada de la totalidad del expediente, y que cambie la calidad del denunciante por la de imp-u-t-ado.