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  • Consulta : 282414
  • Autor : alfonsobravoman
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  • Autor
    Respuesta No: 393968

  • alfonsobravoman
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    En primer lugar, la competencia del juez la define el domicilio conyugal o el domicilio del cónyuge abandonado y su elección depende de cuál hipótesis se pueda probar y cuál de los divorciantes conservará la guarda y custodia, entre otras. En este sentido, usted puede divorciarse, pero debe estudiarse el caso concreto, de acuerdo a sus objetivos. Saludos,