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Fecha de respuesta: Martes 07 de Marzo de 2017 11:00 2017-03-07 11:00 desde IP: 189.180.209.116
te van a decir que por deudas de caracter civil... no hay carcel... (articulo 17 del pacto federal)... pero en los codigos penales de los estados... en el rubro de fraude... busca el que corresponde al realizado con documentos mercantiles... que procede cuando has demostrado en forma mercantil/civil... que no es posible el cobro...
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