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Fecha de respuesta: Lunes 06 de Marzo de 2017 09:43 2017-03-06 09:43 desde IP: 189.180.209.116
tu eres actuario... notario... o que eres.... solo la autoridad púede hacer las notificaciones de desalojo... en este caso ... no la de terminación de contrato... ya que si debe rentas... podra TU ABOGADO....autorizado por ti... y en compañia de un ACXTUARIO... requerir el pago de la renta y en su caso... embargar y llebarse los bienes de la demandada en garantia de pago de la renta adeudada... ademans de de avisarle del lanzamiento judicial a los 60 dias... y nuevo embargo para pagar esas rentas de los 60 dias... tu abogado te explica y te cobra.. porque por hacerlo de forma gratuita... y sin abogado y autoriudades... va a ser muy dificil sacarla...
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