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Fecha de respuesta: Jueves 22 de Diciembre de 2016 10:33 2016-12-22 10:33 desde IP: 189.180.251.121
ignorante.... el de los pretextos de tod la vida... los procesos caducan de instancia solo por la inactividad procesal... en la mayoria de los estados... los asuntos de alimentos no tienen caducidad... y... además... es un incidente de reducción de pago de alimentos.... este asunto...lo lleva un abogado... el sabe que hacer... dejenlo trabajar... lo mas comun es darle vista al juez... para que haga un auto preventivo a la contraria... y se le haga saber... en autos... que debera aclarar o poner nuevo domicilio para oir y recibir notificaciones... y se le dara un termino... que fluctua entre 3 y 5 dias... y pasado este... se va a señalar que toda notificación... se le hara por medio de listas de estrado del juzgado... tu abogado sabe que hacer... dejalo trabajar...
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