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AutorRespuesta No: 392612
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Fecha de respuesta: Domingo 18 de Diciembre de 2016 00:45 2016-12-18 00:45 desde IP: 189.216.107.183
El monto no tiene relación con la posibilidad o no de un exequendo (embargo). La acción depende del documento que firme, si es un pagaré, cheque, letra de cambio o cualquiera que traiga aparejada ejecución es obvio que se puede embargar así sea por un peso, pero sólo un Juez puede ordenarlo y no un particular. No digo que no pague sus deudas, sólo que no se deje sorprender por cobradores que intimidan con cartitas o llamadas telefónicas carentes de fundamentación, ya no se diga motivación.
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