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  • Consulta : 281726
  • Autor : garovalo
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    Respuesta No: 392570

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    no has heredado nada... porque no hay sucesión... y las deudas tienen un termino legal... si hay un pagaré... este debe prescribir una vez vencido... a los tres años... si hubi un prestamo... y este se garantizo por medio de la factura... y esta se encuentra endosada... y se comunican contigo... nunca digas que ya murio tu padre... y menos aún que no hay sucesión.... tu busca un abogado que promueva el juicio sucesorio intestamentario... y ojala aparezca el acreedor... y reclame... y tendra que tener documentos que garnticen el pago....o entregas el vehiculo y se acabo...