Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 281262
  • Autor : garovalo
  • Consultas en Foro: 34
  • Respuestas en Foro: 23202
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5556
  • : 76 %
  • : 23 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 391428

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    el padre... es quien ejerce la figura legal de PATRIA POTESTAD... y por lo mismo es quien decide por los menores de edad... que y porque...les conviene mas... si el no quiere... no necesita una orden judicial para prohibir las visitas o convivencias... o hasta el cambio de domicilio de los menores... pero... los abuelos... sean maternos o paternos... pueden pedir a un juez... dias y horas para convivr con sus nietos... y en junta de menores... los niños... le diran al juez... al agente del ministerio publico... al representante del dif... y a un psicologo del tribunal... si quieren o no convivir con sus abuelos... y se hara lo que los menores quieran... si ellos dicen no... es NO...