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AutorRespuesta No: 391309
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Fecha de respuesta: Domingo 09 de Octubre de 2016 12:23 2016-10-09 12:23 desde IP: 189.193.95.85
Buenas tardes Efectivamente, mientras no se le deje de dar impulso procesal para ejecutar efectivamente la sentencia, no prescribe el termino de tres años para. Saludos
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