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Fecha de respuesta: Jueves 06 de Octubre de 2016 14:40 2016-10-06 14:40 desde IP: 189.180.164.1
puedes... esperar al nacimiento y reconocer a tu hijo.... puedes casarte y no hay duda que el producto es tuyo... puede ella en vi notarial... dar su testamento y dejarte como su ultima voluntad... la guarda y custodia del producto... o puedes hacer todas ... para que tengas seguridad... pero... eso no impide que ...quienes se crean con derecho.. demanden... aunque sea ...la acción de convivencias... o la que crean... con todo lo antes expuesto... tienes la seguridad de que eres quien detentara la guarda y custodia del menor y con el reconocimiento... la patria potestad del mismo... en caso de muerte de tu pareja... o esposa...
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