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  • Consulta : 280992
  • Autor : garovalo
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    Respuesta No: 390984

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    ir ante notario... y levantar un acta y elevarla a nivel de escritura.... donde tu padre cede los derechos que por hecho y por derecho le corresponden del predio con cuenta predial o catastral..., si no lo hcen ante notario... no significa nada lo que tienen... y si el notario lo puede inscribir... en el registro público... el les dira.,... pero... a partir de ese momnto... deberan pedirle al notario informe del nuevo numero predial y tendras que pagar el traslado de dominio... sin este,,, no hay numero predial... si se debe dinero de impuesto predial... deben regularizar... antes de hacer cualquier moviemiento... comenten primero con el notario...