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  • Consulta : 280958
  • Autor : Magister Curiae
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    Respuesta No: 390923

  • Magister Curiae
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    cornflakesbrend:

    Haga caso omiso del irascible y antiprofesional intervención del Lic. Alberto Ochoa, quien opina careciendo de información y de experiencia, lo que hace que su respuesta sea completamente antiprofesional.

    En cuanto a sus inquietudes, le informo que el acudir a la Procuraduría Social del Distrito Federal (PROSOC), es una medida más que urgente de realizar, pero para diferente acto que el propuesto por el Lic. Alberto Ochoa, quien a pesar de de ser especialista en Derecho Administrativo y Fiscal, en la presente consulta se revela como completamente falto de experiencia en el asunto que aquí nos ocupa, pues el hecho de que el actual administrador rinda cuenta y explicaciones, para nada les evitará el problema de pagar cuantiosas indemnizaciones y capitales constitutivos al Instituto Mexicano del Seguro Social.

    En efecto, la experiencia que tengo me hace decir que es más que probable que el condominio donde usted es condómino carezca de representante legal debidamente acreditado conforme a la Ley.

    En otras palabras, la experiencia me ha enseñado que es muy raro que un condominio tenga su representante legal debidamente designado y acreditado ante la Procuraduría Social del Distrito Federal (PROSOC), requisito que es indispensable para comparecer en el juicio laboral que por el despido de sus vigilantes avizoro como inminente, y que podrán perder como consecuencia de que su administrador esté impedido para acreditar su personalidad y representación legal ante la Junta Local de Conciliación y Arbitraje.

    Esto es así debido a que lo usual es que, año tras año, los condóminos designan a su administrador y hasta levantan el acta, pero lo hacen sin cumplir los requisitos formales para estos casos y seguidamente omiten practicar el registro del acta ante la Procuraduría Social del Distrito Federal (PROSOC), de tal manera que en la práctica he ganado juicios porque simplemente es inexistente una representación legal del condómino.

    Abundando en mis comentarios, debo decir que también en la práctica he intervenido como asesor legal de condóminos para regularizar la situación irregular de sus administradores, para lo cual en ocasiones ha sido necesario acudir a Toluca, Mex., o a otras capitales estatales, para que el Archivo de Notarías expida copias certificadas de las actas constitutivas del condominio y sus estatutos, que son necesarias para la regularización de la administración condominal.

    Aunque hay tiempo suficiente para regularizar la situación legal y administrativa de su condominio, debido a que la Junta Local de Conciliación y Arbitraje ya está señalando el mes de marzo del 2017 para fechas de audiencia, el conseguir las actas del condominio puede tardar más de dos meses, debido al rezago de los Archivo de Notarías estatales, así que apresúrese.

    Parafraseando al Lic. Alberto Ochoa:

    Aprenda a tolerar.

    Lo más común en este foro es la opinión fácil de quien no se especializa...

    ...Pero nunca falta el fiscalista y administravista que quiere hablar de derecho del trabajo a sabiendas de que estas materias son exclusivas para unos cuantos.