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AutorRespuesta No: 390819
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Fecha de respuesta: Jueves 08 de Septiembre de 2016 23:53 2016-09-08 23:53 desde IP: 201.141.149.127
Debe consignar las rentas ante el juzgado de lo civil a efecto de que la usufructuaria acredite su calidad de arrendadora. En cuanto al despojo de la energía eléctrica, presente querella ante el Ministerio Público.
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