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  • Consulta : 280893
  • Autor : garovalo
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  • Autor
    Respuesta No: 390858

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    el error de fechas... no exculpa al deudor de la obligación de pago... si la fecha de expedición es diferente de la fecha de vencimiento o de obligación de pago... esto no significa que no se pueda cobrar... el documento se transforma ...pagadero a la vista... esto significa que puede ser presentado para su cobro judicial o extrajudicial o por medio de notario... en cualquier fecha posterior a la fecha de emisión o firma... y por ende... que lo intereses moratoris... corren de igual forma...