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  • Consulta : 280887
  • Autor : Magister Curiae
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    Respuesta No: 390810

  • Magister Curiae
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    morrisongabodoors:

    Para nada se amedrente por las palabras del Lic. Alberto Ochoa, si usted revisó la página del Registro Nacional de Cédulas Profesionales sin que apareciera la información buscada, declárelo así, porque usted carecerá de responsabilidad alguna, ya que usted obra de conformidad con la información de que dispone.

    Para su mayor tranquilidad, le informo que el agente del Ministerio Público, antes de citar a la probable responsable, siempre pide que el Registro Nacional de Cédulas Profesionales le informe si cuenta con registro de título profesional, y si el informe es negativo, entonces archiva el expediente.

    En virtud de que usted menciona que la persona es "jefe de departamento", y esta denominación es usual en las dependencias públicas, es que también pudiera existir la posibilidad de que usted formule denuncia ciudadana en la Contraloría Interna de la dependencia en la que ocurren los hechos, le aseguro que en mi experiencia profesional he observado que dan de baja a estas personas y hasta esas contralorías aportan pruebas del fraude a la Procuraduría General de la República.