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AutorRespuesta No: 390542
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Fecha de respuesta: Domingo 21 de Agosto de 2016 17:18 2016-08-21 17:18 desde IP: 189.180.219.62
compra-venta de un inmueble... lo preferente siempre... es que esas compras... se hagan ante notario... ya que por ley... no deja de tener validez un contrato privado... pero carece de cosas que luego el propio notario te va a pedir... siempre y por ahorrarse el pago del traslado de dominio... lo hacen en forma privada... y luego ...ante el notario... y años despues... les va a salir hasta en el 20% del valor actualizado del inmueble... y se dan de topes... las escrituraciones... nunca se pagan a plazos... deben ser de contado...
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