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Fecha de respuesta: Martes 16 de Agosto de 2016 13:53 2016-08-16 13:53 desde IP: 201.141.119.212
No coincido con los,argumentos vertidos por garovalo, toda vez que no tienen fundamento sus argumentos. No tiene nada que ver el no tener hijos con el Servicio Militar Nacional. Por otro lado se apega a decir que no hay violaciones a los derechos fundamentales sin decir su conclusión. Menciona de igual forma que el artículo 4 no está disminuido, pero ¿por qué?. Ahora bien, como amparista desde mi punto de vista, no hay violación de derechos humanos toda vez que el servicio militar se extiende según el artículo 36 a hombres y mujeres, sin excepción alguna. Ahora bien la ley del servicio militar establece que únicamente hombres son los que pueden realizar el servicio militar y que a la postre se otorgue la cartilla militar. Bajo ésta premisa las mujeres podrían impugnar la discriminación toda vez que no se les da una instrucción militar. Por otro lado, por lo que hace a los trámites que pidan cartilla militar, sí sería discriminatorio para hombres, pero viendo el caso en concreto. Es decir en donde Ústed no cuente con cartilla, pero se toma más en cuenta a las mujeres por el simple hecho de que Ústed no tiene la cartilla. Ahí sí podría impugnarse la ley como hetero aplicativa. Me gustaría leer sus conceptos de violación y su demanda. Saludos.
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