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  • Consulta : 280626
  • Autor : Magister Curiae
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  • Autor
    Respuesta No: 390308

  • Magister Curiae
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    juansinmiedo:

    Rosen:

    Para desgracia del consultante, les hago saber que los titulares de los tribunales federales acostumbran designar como peritos terceros en discordia a los de los servicios periciales de la Procuraduría General de la República, y como se dice coloquialmente, es en este punto donde la puerca tuerrce el rabo.

    En efecto, en reciente juicio de amparo el perito de la Procuraduría General de la República como tercero en discordia, se rehusó a emitir dictamen pericial alegando que, de conformidad con los manuales, instructivos, etc…, que la Procuraduría General de la República exige sean aplicados de manera obligatoria, es menester que se tengan más de 05 (cinco) firmas indubitables que sean de la misma fecha que la firma o escritura dubitada, y que las copias fotostáticas deben ser desechadas por estos peritos.

    Así pues, en las apuntadas condiciones y tomando en cuenta que los jueces federales recurren a los peritos de la Procuraduría General de la República, podemos concluir que las dificultades para las periciales en juicios federales en muchos casos están más que de sobra.